Abogacía Española alerta sobre la prohibición de ofrecer asesoramiento jurídico a las víctimas de la DANA en Valencia.

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La publicidad de servicios profesionales de asesoramiento jurídico a las víctimas de catástrofes o delitos es un comportamiento expresamente prohibido por el Estatuto General de la Abogacía Española y el Código Deontológico de la Abogacía. Así lo expresa la Comisión de Deontología del Consejo General tras reiterar las condolencias y solidaridad con todas las víctimas de la DANA y sus familias.

La Comisión de Deontología sale así al paso de las denuncias planteadas por algunos ciudadanos sobre la existencia de anuncios que circulan por las redes sociales donde colectivos, asociaciones o despachos se ofrecen a asesorar a las víctimas de la catástrofe. La Comisión no duda de las buenas intenciones de quienes están detrás de algunos de esos anuncios, pero recuerda que el ejercicio de la publicidad en la abogacía está claramente regulado en la Ley 4/2015 que regula el Estatuto de la Víctima de delito y en el Estatuto General de la Abogacía, así como en su Código Deontológico. En concreto el artículo 6 del Código expone la prohibición de “la oferta de servicios profesionales, por sí o mediante terceros, a víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de personas afectadas y a sus herederos y causahabientes, en momentos o circunstancias que condicionen la elección libre de Abogado y, en ningún caso, hasta transcurridos 45 días desde el hecho”.


Si bien es cierto que gran parte de los anuncios son fruto del impulso por ayudar y solidarizarse, no es descartable que algunos profesionales los hayan utilizado como una acción de marketing, tratando de generar con su altruismo un vínculo emocional con personas que están en una situación de extrema vulnerabilidad, que es precisamente lo que quiere evitar la Ley de Víctimas y la regulación profesional de la abogacía. Es por ello que la Comisión reitera la irregularidad que suponen este tipo de ofertas “por sí o mediante terceros”.

 

 

La Comisión de Deontología está convencida de que todos los comportamientos solidarios de la profesión se podrán canalizar a través de los Servicios de Orientación Jurídica, concebidos para prestar asistencia jurídica a los más vulnerables. Y, por ello, el Consejo General insta a los profesionales de la abogacía que quieran participar de este tipo de acciones solidarias mediante la prestación de asistencia jurídica que lo hagan a través de los servicios de sus respectivos Colegios, a quienes el Estatuto General atribuye esta responsabilidad.

La Abogacía está demostrando su solidaridad en estos momentos tan difíciles, como lo ha hecho en ocasiones anteriores y como lo seguirá haciendo en el futuro.

 

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